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Para autónomos: ¿Tengo o no tengo que pagar el IAE?

Una cuestión muy común es la de si se debe o no afrontar el impuesto de Actividades Económicas, el cual se aplica a autónomos y sociedades que realicen actividades empresariales y obtengan ingresos por ellas. 

A pesar de ello, hay ciertas circunstancias que si se cumplen, el autónomo puede omitir ese impuesto. Por ejemplo, los trabajadores que operen como personas físicas no tendrán que hacerle frente durante los dos primeros años de actividad. 

Por otro lado, sólo las PYMES y autónomos cuya cifra de negocio sea inferior al millón de euros quedarán exentas.

Recordar que el plazo para abonar el IAE es hasta el 20 de noviembre y se podrá realizar a través de las entidades de crédito colaboradoras.